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3.3
PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
Los activos
fijos deben registrarse por su costo de adquisición, el cual incluye los
costos directos o indirectos causadas hasta la fecha en la cuál el activo
se encuentre en condiciones de ser usado, tales como los de ingeniería,
impuestos, corrección monetaria proveniente de deudas en UPAC e intereses,
entre otros.
Los
intereses y la corrección monetaria proveniente de financiación por el
sistema UPAC deben capitalizarse hasta el momento en que concluya la etapa
de puesta en marcha y tales activos se encuentren en disposición de ser
usados; a partir de dicho momento, los gastos financieros en que se
continúe incurriendo por no haber sido cancelada la obligación, se cargarán
a los resultados del respectivo período contable. Sin embargo, si los
activos fijos se adquieren a plazos o por cuotas, los intereses por
financiación que se generen, no deberán incluirse dentro de su costo. El
costo también incluye la diferencia en cambio causada, hasta la puesta en
marcha del activo, originada por obligaciones en moneda extranjera
contraídas en su adquisición.
Se
deben establecer criterios prácticos para el registro de los costos capitalizables
por adiciones, mejoras y reparaciones de activos fijos, que consideren
tanto la importancia de las cifras como la duración del activo, de manera
que se logre una clara distinción entre aquellos que forman parte del
costo del activo y los que deben llevarse directamente a resultados. Para
tal efecto, se entiende por adición la inversión agregada al activo
inicialmente adquirido, y por mejora los cambios cualitativos del bien que
no aumentan su productividad.
Las
reparaciones y mejoras que aumenten la eficiencia o extiendan la vida útil
del activo constituyen costo adicional. Las erogaciones realizadas para
atender el mantenimiento y las reparaciones que se realicen para la
conservación de los activos fijos, se deben contabilizar como gasto en el
período en el cual se efectúen.
El
valor de los activos fijos, así como su correspondiente depreciación,
agotamiento o amortización se deberán ajustar por inflación, con el propósito
de que dichos valores queden reexpresados en pesos del último período. El
término depreciación hace referencia a las propiedades, planta y equipo,
con excepción de los terrenos; por su parte el agotamiento se asocia con
los terrenos cultivables, tales como plantaciones agrícolas y forestales y
demás activos o recursos naturales, como minas y canteras, pozos
artesianos y yacimientos de minerales e hidrocarburos; y la amortización
tiene que ver con activos intangibles y cargos diferidos.
De
acuerdo al ámbito en el que se le estudie, el concepto de depreciación
puede tomar diferentes connotaciones. Así, por ejemplo, económicamente
se entiende por depreciación la pérdida de valor de un activo fijo como
consecuencia de su uso y debido, también, al transcurso del tiempo o a su
obsolescencia tecnológica. Contablemente, la depreciación es el
mecanismo mediante el cuál se asigna el costo del activo fijo a los
ingresos generados, directa o indirectamente, por él a lo largo de un
período de tiempo, denominado vida útil. Y, financieramente, la depreciación
representa la recuperación del costo de un activo fijo, a través de los
ingresos y bajo su característica de deducción de las utilidades, lo que
implica, en últimas, la posibilidad de generación de recursos propios para
la reposición o renovación del respectivo activo fijo.
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