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6.1 PASIVO A LARGO PLAZO
El
pasivo a largo plazo está representado por las deudas cuyo vencimiento sea
mayor a un año o al ciclo normal de operaciones de la empresa, si este es
superior. La parte de los pasivos a largo plazo —normalmente obligaciones
financieras e hipotecarias— que se
estima se va a cancelar dentro de los doce meses siguientes o dentro del
ciclo normal de operaciones, se convierte en un pasivo corriente y, en
consecuencia debe reclasificarse para efectos de su presentación en los
estados financieros.
Es
indispensable informar, ya sea en el cuerpo del balance o en notas a los
estados financieros, todas las garantías otorgadas en la adquisición de
pasivos. En el caso del pasivo a largo plazo, este debe publicarse con
tanto detalle como sea necesario, describiendo la naturaleza de cada uno
de los préstamos que lo conformen, el vencimiento, las tasas de interés y
las garantías o gravámenes respectivos. Si no fuere practico detallar esta
información en el mismo cuerpo del balance, se hace en una nota a los
estados financieros, tal y conforme se explica más abajo.
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