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4.1
Introducción
El pasivo,
por definición expresa del decreto 2650 de 1993, es el conjunto de cuentas
que representa las obligaciones contraídas por el ente económico en desarrollo
del giro ordinario de su actividad, pagaderas en dinero, bienes o en
servicios. Las cuentas que integran esta clase tendrán siempre saldos de
naturaleza crédito.
Los
pasivos expresados en moneda extranjera el último día del mes o año, se
ajustan con base en la tasa de cambio representativa del mercado a esa
fecha, registrando tal ajuste como un mayor valor del pasivo con cargo a
los resultados del ejercicio, salvo cuando deba activarse.
Los
pasivos en UPAC o con pacto de reajuste registrados en el último día del
período se ajustan con base a la cotización de la UPAC para esa fecha o en
el respectivo pacto de reajuste, contabilizándolo como mayor valor del
pasivo, con cargo a los resultados del ejercicio, salvo cuando deba
activarse.
Los
pasivos que deban ser cancelados en especie o servicios futuros se deberán
ajustar por inflación.
Al pasivo,
en líneas generales, se le ha clasificado en dos grandes grupos: pasivo
corriente y pasivo a largo plazo. La anterior clasificación es adecuada
para los pasivos reales, que pueden ser, a su vez, pasivos determinados o
pasivos estimados, también denominados provisiones.
De otra
parte, pueden existir pasivos contingentes que, por definición, son
aquellos que pueden llegar a convertirse o no en pasivos reales pudiendo
ser, también, determinados o estimados.
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