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6.8
TASA DOBLE DECRECIENTE Y LÍNEA RECTA
Todo
parece indicar que bajo éste sistema valdría la pena cambiar el método
acelerado de la tasa doble por el de línea recta, a partir del séptimo año,
con el propósito de mejorar aún más el resultado final:
Cuadro 6.8
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Ahorro
total con financiación y ajustes por inflación
Depreciación
tasa doble y línea recta
|
|
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|
CONCEPTO
|
AÑO 1
|
AÑO 2
|
AÑO 3
|
AÑO 4
|
AÑO 5
|
|
Ajuste costo (CR)
|
251.700
|
288.267
|
333.557
|
378.639
|
497.503
|
|
Depreciación
|
220.340
|
246.395
|
239.811
|
230.621
|
225.253
|
|
AxI deprec. acum.
(DB)
|
0
|
57.653
|
120.080
|
184.776
|
293.726
|
|
Gastos financieros
|
320.000
|
320.000
|
320.000
|
320.000
|
320.000
|
|
Total deducible
|
318.640
|
335.781
|
346.335
|
356.758
|
341.475
|
|
Inflación
|
25.17%
|
23.03%
|
21.66%
|
20.21%
|
22.09%
|
|
Factor de descuento
|
1.2517
|
1.5400
|
1.8735
|
2.2522
|
2.7497
|
|
VP ahorro interno
|
-1.087
|
10.248
|
14.056
|
16.321
|
7.810
|
|
VP ahorro fiscal
|
89.098
|
76.316
|
64.700
|
55.442
|
43.466
|
|
|
|
|
|
|
|
|
CONCEPTO
|
AÑO 6
|
AÑO 7
|
AÑO 8
|
AÑO 9
|
AÑO 10
|
|
Ajuste costo (CR)
|
477.892
|
645.511
|
697.152
|
731.235
|
742.204
|
|
Depreciación
|
211.521
|
253.825
|
299.514
|
347.436
|
396.077
|
|
AxI deprec. acum.
(DB)
|
321.296
|
476.294
|
550.949
|
608.554
|
642.587
|
|
Gastos financieros
|
320.000
|
320.000
|
320.000
|
320.000
|
320.000
|
|
Total deducible
|
374.926
|
404.608
|
482.448
|
571.592
|
667.436
|
|
Inflación
|
17.38%
|
20.00%
|
18.00%
|
16.00%
|
14.00%
|
|
Factor de descuento
|
3.2276
|
3.8731
|
4.5702
|
5.3015
|
6.0437
|
|
VP ahorro interno
|
17.018
|
21.845
|
35.545
|
47.457
|
57.488
|
|
VP ahorro fiscal
|
40.657
|
36.564
|
36.947
|
37.736
|
38.653
|
Aumentando,
de ésta manera, la generación de recursos propios en la suma de $20.920:
|
VP ahorro interno
|
226.702
|
|
VP ahorro fiscal
|
519.579
|
|
VP Ahorro total
|
746.281
|
Cifra
que representa un 30 por ciento del ahorro total óptimo, es decir, de la
suma de dos millones 470 mil pesos.
Para
identificar el momento en el cuál es conveniente abandonar el método de la
tasa doble al saldo decreciente y tomar el de línea recta, debe mantenerse
un control que permita evaluar si el resultado de dividir el número de años
restante del activo entre el saldo neto (o valor neto en libros) es mayor a
la depreciación que se obtendría al aplicar la tasa doble sobre dicho saldo
neto. Por ejemplo, en el año seis el saldo neto en libros es:
3.227.557 – (1.848.655 + 321296) = 1.057.606
Se
toma el costo ajustado al finalizar el sexto año ($3.227.557) y se le resta
el monto de la depreciación acumulada al inicio ($1.848.655) y su
correspondiente ajuste por inflación ($321.296) con el propósito de que
ambos factores (costo y depreciación) se expresen en términos ajustados
del último período (en este caso, del sexto año).
Por
lo tanto, el gasto por concepto de depreciación, bajo el método de la tasa
doble, es:
1.057.606 X 20% = 211.521
En
tanto que por el método de línea recta, teniendo en cuenta que sólo restan
cinco años de vida útil, sería:
1.057.606 ÷ 5 = 211.521
Resultado
que es igual al obtenido por el método de la tasa doble. Por tanto, en éste
período es indiferente tomar uno u otro método. En el siguiente ejercicio
fiscal, el gasto por depreciación por tasa doble —conociendo el saldo neto
en libros— sería:
3.873.068 - (2.381.472 + 476.204) = 1.015.302
1.015.302 X 20% = 203.060
En
cambio, por el método de línea recta la depreciación del sétimo año se
calcula de la siguiente manera:
1.015.302 ÷ 4 = 253.825
Que
es mayor a la obtenida por el método de la tasa doble y, por lo tanto, éste
hecho señalaría la conveniencia de realizar el cambio de método, aclarando
que —en adelante— se tendrá que tomar el saldo neto ajustado por inflación,
a 31 de diciembre de cada período (tanto para el costo como para la
depreciación acumulada), y dividirlo entre el número de años restantes
hasta la finalización de la vida probable estimada del respectivo activo
fijo.
Ésta
forma de calcular la depreciación por el método de línea recta se realiza
de acuerdo al procedimiento anteriormente explicado, como consecuencia de
la aplicación del sistema integral de ajustes por inflación y por haber
iniciado la amortización del activo por un método de depreciación diferente
al de línea recta.
Así
mismo, para ajustar el procedimiento de línea recta puede calcularse el porcentaje
de depreciación acumulada hasta el año en el cuál se vaya a cambiar de
método y la proporción faltante, en ése momento, se prorratea a los años de
vida útil que aún restan:
(1.848.655 + 321.296) ÷ 3.227.557 = 67.23%
Que
significa que el activo se ha depreciado en un 67.23 por ciento al
finalizar el sexto año (cuyos valores son los iniciales del quinto período,
pero actualizados por inflación). En consecuencia, la proporción por
depreciar es 32.77 por ciento, lo que arroja una tasa fija anual de 6.55
por ciento que se aplica al costo ajustado de cada uno de los años
restantes, para hallar el gasto por depreciación bajo el método de línea
recta:
Sexto
año 3.873.068 X
6.55% = 203.060
Séptimo año 3.873.068
X 6.55% = 253.825
Sumas que son iguales a las
obtenidas anteriormente, con lo cuál se puede comprobar la viabilidad
técnica de cambiar un método de depreciación decreciente por el de línea
recta en el momento en que el gasto por éste último sistema empiece a ser
superior al obtenido por otro procedimiento.
En
éste ejemplo, dicho cambio significó un ahorro total adicional de $20.920,
producto de comparar el ahorro por el método de tasa doble decreciente
durante los diez años ($725.361) y el ahorro total que se alcanza cuando se
cambia tal método de tasa doble por el de línea recta en (éste caso) en el
séptimo año (o sexto si se prefiere, en el cuál los resultados, por
cualquiera de los dos métodos, son iguales).
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