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6.14 RESUMEN
Una vez
estudiados los seis métodos de depreciación que podrían solucionar —en
parte— el problema de deterioro en la generación de ahorro tributario y de
recursos propios, a través de ahorro interno, causado por el fenómeno
inflacionario, se podrá analizar los distintos resultados obtenidos:
Cuadro 6.12
Resumen generación de ahorro
total
Diferentes métodos de
depreciación
|
Modelo
|
Ahorro
Interno
|
Ahorro
Fiscal
|
Ahorro
Total
|
%
|
|
Sin inflación
|
1.000.000
|
1.470.000
|
2.470.000
|
100%
|
|
Línea recta
|
35.438
|
452.637
|
488.075
|
20%
|
|
Suma de los dígitos
|
277.470
|
537.348
|
814.817
|
33%
|
|
Tasa doble
|
211.206
|
514.155
|
725.361
|
29%
|
|
Tasa doble y línea recta
|
226.702
|
519.579
|
746.281
|
30%
|
|
Cuatro veces la tasa
|
535.629
|
627.703
|
1.163.332
|
47%
|
|
Raíz enésima
|
739.347
|
699.005
|
1.438.352
|
58%
|
|
Método modificado
|
393.065
|
577.806
|
970.871
|
39%
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De
donde se puede inferir lo siguiente:
a) El método de depreciación que más se
acerca a las posibilidades de generación de ahorro total para reponer el
activo y crear valor agregado para el ente económico, es el método de
raíz enésima, con un valor de salvamento de un peso. En consecuencia, si se
logra que las autoridades de impuestos admitan dicho valor de salvamento,
no tendría ninguna discusión el tomar éste método para propósitos fiscales
y el de línea recta para cuestiones de la contabilidad comercial.
b) En orden de participación —dentro del
objetivo de generar la mayor cantidad posible de ahorro interno— se
encuentran los siguientes métodos:
• Cuatro
veces la tasa al saldo decreciente
• Método
modificado de depreciación decreciente
• Suma
de los dígitos de los años
• Tasa
doble al saldo decreciente y cambio en el séptimo año por línea recta
• Tasa
doble al saldo decreciente
• Línea recta
c) Definitivamente, el método de depreciación
por línea recta es el que más problemas causa en la determinación de los
impuestos a cargo y en la formación de ahorro interno. Por lo tanto, éste
método debería ser descartado para el cálculo de la deducción fiscal
autorizada bajo el concepto de depreciación y únicamente emplearse para
propósitos de la contabilidad mercantil.
En consecuencia, la utilización de un
método para fines tributarios y otro para la contabilidad causa la
necesidad de registrar un impuesto diferido, derivado de la diferencia
anual que se vaya presentando, tal y conforme se explica en el capítulo
décimo de éste texto.
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