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6.1 INTRODUCCIÓN
Pero
el deterioro en la deducción aceptada fiscalmente por concepto de
depreciación y de intereses, como efecto del fenómeno inflacionario,
estudiado en el anterior capítulo, puede llegar a convertir la deducción,
inclusive, en un ingreso gravable debido a la obligación legal de contabilizar
la inflación, a través del mecanismo denominado “Sistema integral de
ajustes por inflación” que aplica tanto para propósitos fiscales como para
la contabilidad mercantil.
Lo
anterior quiere decir que, en Colombia, la inflación tiene un doble efecto
en la deducción por depreciación pues, aparte del comportamiento inercial
que diluye el beneficio económico de la deducibilidad al disminuirlo
—paulatinamente— en términos de poder adquisitivo, la forma de registro
contable produce un efecto acumulativo que conlleva a que dicha deducción
se convierta en un ingreso gravable, causante de que, a cambio de ahorro,
se pueda presentar desahorro por parte de las empresas; es decir, que se
paguen impuestos en forma anticipada, con el consiguiente impacto en la
liquidez y en los niveles de endeudamiento.
Por ello, antes de efectuar el análisis
económico correspondiente es importante repasar los procedimientos de
ajuste por inflación a propiedades, planta y equipo.
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