|
2.5 CONCEPTOS APLICADOS DE EVALUACIÓN FINANCIERA IV
Ahorro interno
Se denomina de ésta manera
aquellos costos y gastos de un período contable que no implican salida de
dinero en el momento actual ni en el futuro, por cuanto ya fue
desembolsado, normalmente con uno o más años de anterioridad. Un ejemplo
típico de ésta clase de ahorro se puede encontrar en los cargos por
concepto de depreciación los cuales, aunque disminuyen la utilidad, no
causan erogación alguna, pues la compra del activo fijo que los genera fue
realizada en época anterior.
En consecuencia, el ahorro
interno de un ente económico es aquel que, por su naturaleza, constituye un
gasto o un costo deducible de los ingresos operacionales sin que vaya
acompañado de salidas de recursos monetarios. Al no distribuirse a los
socios o accionistas, la cuota periódica de depreciación permanece dentro
de la empresa, bajo la forma de disponible, inventarios, cartera comercial,
préstamos a empleados o cualquier otra cuenta del activo. Y dicha
acumulación debe estar disponible, junto con los rendimientos que produzca,
para la reposición del activo que le dio origen, repitiéndose el ciclo
indefinidamente.
Además de la depreciación, otras
activos que tienen la particularidad de generar ahorro interno, son las
amortizaciones de activos intangibles o diferidos y el agotamiento de
propiedades relacionadas con recursos naturales no renovables, pero
siempre y cuando correspondan a erogaciones realizadas para la
adquisición de activos de largo plazo —utilizables para la producción o
comercialización de bienes y servicios— sin importar si han sido
financiados con recursos propios o ajenos.
Ahorro fiscal
Bajo éste concepto se agrupa el
importe de los impuestos directos de renta y complementario que dejan de
cancelarse por el uso de deducciones de partidas que causan ahorro
interno, tales como depreciación, amortización y agotamiento, o que
provienen de la financiación de activos a corto y largo plazo, como es el
caso de los intereses y demás gastos financieros que aunque no están
directamente relacionados con la operación del ente económico, son
aceptados fiscalmente como una deducción.
Normalmente éste tipo de ahorro
se distribuye a los socios y accionistas, transmitiendo a los
inversionistas, de ésta manera, el subsidio que otorga el estado, pues la
mayoría de las veces no se separa de las utilidades el efecto que produce
ésta clase de deducciones. Técnicamente, debería reservarse el ahorro
interno, calculado como el resultado de aplicar la respectiva tarifa del
impuesto sobre la renta y complementarios a la deducción por
depreciación, amortización, agotamiento o causación de intereses y demás
gastos financieros, con el propósito de crear valor agregado al ente; es
decir con el objetivo de enriquecer a sus propietarios a través de una
valorización real del patrimonio.
Al igual que el ahorro interno,
el ahorro fiscal —si se apropia de la utilidades susceptibles de ser
distribuidas— debería mostrarse en el estado de situación distribuido en
una o varias cuentas del activo. Sin embargo, también sería aconsejable
manejar independientemente el monto que se reserva de manera periódica con
el fin de poder efectuar un seguimiento especial, tanto a la base como a
los rendimientos que pueda, eventualmente, generar.
Ahorro total
Es la simple sumatoria del ahorro
interno y del ahorro fiscal. Con la suma acumulada —sin incluir
rendimientos producidos por su manejo financiero— una empresa debería
estar en capacidad de reponer el activo que originó el primero de éstos
conceptos y contar con un sobrante que constituye un valor adicional de la
inversión original, el cuál debería ser devuelto a los inversionistas o
capitalizado para propiciar el crecimiento del ente económico.
Valor económico agregado
El valor económico agregado (VEA)
es un nuevo concepto financiero que define el mayor valor que adquiere una
organización mercantil y que debe ser superior al costo del capital o
inversión, después de identificar las utilidades netas susceptibles de ser
distribuidas. En otras palabras, una empresa debe generar ganancias cuyo
monto sea superior al costo real del capital o inversión aportada por cada
uno de los socios o accionistas de un ente económico.
Para los propósitos de éste
libro, el valor económico agregado difiere un poco de la definición
anteriormente transcrita, por cuanto aquí dicho valor económico agregado
será todo aquello que constituya ahorro fiscal y que se haya registrado
contablemente como una reserva para reposición de activo o expansión de
actividades, dentro del patrimonio y que, en consecuencia, no haya sido
distribuida a los inversionistas, vía dividendos o participaciones.
Tasa real de impuestos
Surge de comparar el impuesto a
cargo de un período con las utilidades reales generadas por un ente
económico en el mismo lapso de tiempo. Por utilidades reales debe
entenderse el resultado de restar a los ingresos de operación y
extraordinarios, los costos y gastos incurridos, incluyendo los intereses y
demás gastos financieros; lo cual significa que no deben ser tomados en
cuenta para ésta base, ni las exenciones o castigos fiscales ni el
resultado de aplicar el sistema integral de ajustes por inflación, con
algunas excepciones de importancia, como es el caso de la depreciación o el
costo de ventas, que si deben incluirse en dicha utilidad ajustados por
inflación, con el propósito de disminuirla.
Página siguiente
|